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Cómo se calcula la pensión alimenticia en México: guía completa

Equipo LEGALTEC·7 de julio de 2026·6 min
Cómo se calcula la pensión alimenticia en México: guía completa

Cómo se calcula la pensión alimenticia en México: guía completa

Última actualización: julio 2026

Respuesta rápida

  • La pensión alimenticia es la forma más común de cumplir con la obligación de dar alimentos, y se fija tomando en cuenta la necesidad de quien la recibe y la posibilidad económica de quien debe darla.
  • No existe un porcentaje fijo establecido por la ley; el monto lo determina el juez —o el convenio entre las partes— caso por caso.
  • Reformas recientes (2024-2025) endurecieron las consecuencias del incumplimiento: creación del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, restricción de salida del país y descuento obligatorio vía nómina.

¿Qué son los alimentos, legalmente hablando?

En derecho familiar, "alimentos" es un concepto más amplio que la comida: es la relación jurídica entre un acreedor alimentario y un deudor alimentario, mediante la cual este último se obliga a proporcionar todo lo necesario para la subsistencia del primero.

Los alimentos comprenden:

  • La comida, el vestido, la habitación, la atención médica y hospitalaria y, en su caso, los gastos de embarazo y parto.
  • Respecto de niñas, niños y adolescentes, además, los gastos de educación y para proporcionarles oficio, arte o profesión adecuados a sus circunstancias personales.
  • Con relación a personas con discapacidad, lo necesario para su habilitación, rehabilitación y desarrollo.
  • Por lo que hace a personas adultas mayores sin capacidad económica, la atención geriátrica necesaria, procurando integrarlas a la familia.

¿Quiénes están obligados a darse alimentos?

  • Cónyuges y concubinos, entre sí.
  • Padres e hijos, de forma recíproca.
  • Todo pariente en línea recta ascendente y descendente, y parientes colaterales hasta el cuarto grado, a falta de los anteriores.
  • Adoptante y adoptado, en los mismos términos que padres e hijos.
  • Excónyuges y exconcubinos, en los casos que la ley señala.

Características del derecho a recibir alimentos

  • Recíproco: quien da alimentos también tiene derecho a recibirlos si llegara a necesitarlos.
  • Personal e intransferible: depende de las circunstancias particulares de cada acreedor y deudor.
  • Inembargable e irrenunciable: no puede embargarse, renunciarse ni ser objeto de transacción.
  • Proporcional: se fija en función de la necesidad del acreedor y la posibilidad del deudor, no de un monto o porcentaje predeterminado.
  • Preferente: el acreedor alimentario tiene preferencia sobre otros acreedores del deudor respecto de sus ingresos y bienes.
  • Asegurable: puede garantizarse mediante hipoteca, prenda, fianza o depósito.
  • Puede cumplirse de dos formas: mediante una pensión en dinero, o integrando al acreedor a la familia del deudor.
  • Inagotable: subsiste mientras exista la necesidad que le da origen.

¿Cómo se calcula el monto de la pensión alimenticia?

El criterio legal es la proporcionalidad: la pensión debe ser proporcionada a las posibilidades de quien debe darla y a las necesidades de quien debe recibirla. No hay una fórmula ni un porcentaje fijo en la ley.

La reforma de 2024 incorporó dos criterios que facilitan fijar el monto en casos donde antes era más difícil probar la necesidad o la capacidad económica:

  • Presunción de necesidad: niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad, y el cónyuge o concubino dedicado al hogar no tienen que probar que necesitan alimentos; la ley lo presume.
  • Ingresos no comprobables: cuando no puede acreditarse el salario o los ingresos del deudor, el juez resuelve con base en la capacidad económica y el nivel de vida que las partes hayan llevado en los últimos dos años.
  • Monto mínimo: si no pueden acreditarse los ingresos del deudor, la pensión no podrá ser menor a la UMA (Unidad de Medida y Actualización) vigente en la Ciudad de México.

Una vez fijado el monto, este se actualiza automáticamente cada año conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) publicado por el Banco de México, salvo que el deudor demuestre que sus ingresos no aumentaron en la misma proporción.

Novedades importantes de las reformas 2024-2025

Estas modificaciones al Código Civil para la Ciudad de México refuerzan de forma significativa el cumplimiento de la obligación alimentaria:

  • Registro de Deudores Alimentarios Morosos: quien incumpla el pago por 60 días se inscribe en este registro.
  • Restricción de salida del país: si el deudor deja de pagar por más de 60 días sin causa justificada, el juez puede solicitar a las autoridades migratorias que restrinjan su salida de México.
  • Descuento obligatorio vía nómina: la fuente de trabajo del deudor está obligada a realizar los descuentos correspondientes directamente de su nómina.
  • Cambio de custodia condicionado: mientras el deudor no esté al corriente con la pensión, no puede solicitar cambio de guarda y custodia ni la suspensión o pérdida de patria potestad de sus hijos.
  • Pago retroactivo imprescriptible: el derecho a reclamar alimentos de forma retroactiva —incluso desde el nacimiento del acreedor, incluyendo gastos de parto— no prescribe.

¿Quién puede exigir el pago de la pensión alimenticia?

  • El propio acreedor alimentario.
  • Quien ejerza la patria potestad o tenga la guarda y custodia del menor.
  • El tutor.
  • Los hermanos y demás parientes colaterales dentro del cuarto grado.
  • La persona que tenga bajo su cuidado al acreedor alimentario.
  • El Ministerio Público.

Además, cualquier persona que tenga conocimiento de que alguien necesita alimentos puede acudir ante el Ministerio Público o un Juez de lo Familiar a denunciar esa situación (Artículo 315 Bis).

Preguntas frecuentes

¿Existe un porcentaje fijo de pensión alimenticia?

No. La ley no establece un porcentaje fijo; el monto se calcula según la necesidad de quien recibe alimentos y la posibilidad económica de quien debe darlos.

¿Cómo se actualiza el monto con el tiempo?

De forma automática, conforme al aumento porcentual anual del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) publicado por el Banco de México, salvo que el deudor demuestre que sus ingresos no aumentaron en igual proporción.

¿Qué pasa si el deudor no paga la pensión?

Tras 60 días de incumplimiento, se le puede inscribir en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos y, de continuar el incumplimiento, restringírsele la salida del país.

¿Puedo renunciar a recibir pensión alimenticia?

No. El derecho a recibir alimentos es irrenunciable y no puede ser objeto de transacción.

¿Quién puede exigir el pago de la pensión?

El propio acreedor alimentario, quien ejerza la patria potestad o la guarda y custodia, el tutor, los hermanos y parientes colaterales hasta cuarto grado, la persona que tenga bajo su cuidado al acreedor, o el Ministerio Público.

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Este artículo tiene fines exclusivamente informativos y no constituye asesoría legal. Para recibir orientación sobre un caso concreto, consulta con un abogado verificado.

Equipo LEGALTEC — Contenido revisado por el equipo legal de LEGALTEC

Fuentes

  • Código Civil para la Ciudad de México.
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